La Universidad de Puerto Rico es una institución de educación superior pública y coeducativa sostenida por el estado cuyos objetivos y principios directivos garantizan la igualdad de oportunidades a todos.
Tiene como antecesores históricos la Universidad de Estudios Generales de Santo Tomás de Aquino, fundada en San Juan por la Orden de los Dominicos en 1532, el Seminario San Ildefonso y la Institución de Enseñanza Superior de Puerto Rico, creada en 1888 bajo los auspicios del Ateneo Puertorriqueño. Se desarrolla a partir de una escuela para la preparación de maestros para la escuela pública establecida en Fajardo en 1900 y trasladada a Río Piedras en 1902. En 1903 esta escuela se incorporó mediante Ley como la Universidad de Puerto Rico, una corporación pública independiente bajo la Comisión de Educación, y comenzó sus operaciones con 154 estudiantes. Leyes aprobadas en 1924, 1942 y 1949 van otorgando a la institución mayor grado de autonomía, identidad y estructura administrativa propias. Al mismo tiempo la Universidad crece gradualmente y desarrolla sus programas hasta convertirse en un sistema universitario. En 1966, la Ley 1 del 20 de enero de 1966 define la Universidad de Puerto Rico como un sistema orgánico de educación superior compuesto por una administración central y una estructura de recintos, colegios universitarios y colegios regionales.
Actualmente la Universidad de Puerto Rico tiene once campus localizados a través de todo el país: Recinto de Río Piedras, Recinto Universitario de Mayagüez, Recinto de Ciencias Médicas, los colegios de Cayey, Humacao, Arecibo, Bayamón y Ponce, y tres colegios ubicados en Aguadilla, Carolina y Utuado. Sirve a una población de alrededor de 56,000 estudiantes. Cuenta con más de 3,000 claustrales y aproximadamente 7,000 empleados no docentes.
La Ley de 1966 concede el nueve por ciento de los ingresos anuales del Estado Libre Asociado a la UPR. Esta fórmula del 9% fue desarrollada para garantizar continuidad de apoyo estatal a la UPR con respeto a su autonomía. Dos terceras partes de los ingresos de la UPR provienen de la fórmula. El costo de la matrícula es el más bajo en Puerto Rico y uno de los más bajos en los Estados Unidos.
Misión de la Universidad
La Ley Núm. 1 del 20 de enero de 1966 en su Artículo 2 establece la Misión de la Universidad de Puerto Rico:
"La Universidad, como órgano de la educación superior, por su obligación de servicio al pueblo de Puerto Rico y por su debida fidelidad a los ideales de una sociedad íntegramente democrática, tiene como misión esencial alcanzar los siguientes objetivos, con los cuales es consustancial la más amplia libertad de cátedra y de investigación científica:
En el cumplimiento leal de su Misión, la Universidad deberá:
Sistema de la Universidad
La Universidad de Puerto Rico, en consonancia con la Ley de la Universidad de 1966, consiste de once unidades autónomas, cada una de las cuales tiene una junta administrativa según dispone la Ley. Cada unidad autónoma es dirigida por un rector y tiene un cuerpo legislativo y asesor conocido como senado académico o junta académica que sirve de foro a la comunidad académica.
La Universidad de Puerto Rico es regentada por la Junta de Síndicos, que en 1993 sustituye al Consejo de Educación Superior (CES) en tales funciones. Está compuesta por ciudadanos distinguidos nombrados por el Gobernador de Puerto Rico y confirmados por el Senado, dos representantes de la facultad y un representante estudiantil.
La Junta de Síndicos nombra al Presidente de la Universidad, quien es el director ejecutivo del Sistema Universitario. El Presidente recomienda a la Junta de Síndicos los nombramientos de los rectores de los recintos y colegios universitarios.
El Presidente coordina y supervisa todas las actividades universitarias. En el desempeño de sus funciones, cuenta con los recursos de su propia oficina y de las Oficinas de la Administración Central del Sistema Universitario. Las siguientes oficinas constituyen la Administración Central de la UPR y ayudan al Presidente en la formulación de políticas, reglas y procedimientos aplicables a todas las unidades del Sistema: Asuntos Académicos, Planificación y Desarrollo, Finanzas y Presupuesto, Recursos Humanos y Admisiones. Es responsabilidad del Presidente coordinar la planificación y la elaboración del presupuesto de la Universidad.
La Junta Universitaria, presidida por el Presidente de la Universidad, consiste de los rectores, el director de Finanzas de la Administración Central, tres miembros del equipo de trabajo del Presidente y de un miembro de la facultad y uno del estudiantado de cada una de las unidades autónomas. La Junta Universitaria asesora al Presidente y aprueba, para trámite a la Junta de Síndicos, las propuestas de programas académicos, los reglamentos internos, el presupuesto y las enmiendas a los reglamentos sometidas por las unidades autónomas. Sirve, además, como Junta de Apelaciones sobre decisiones de las juntas administrativas de ascensos en rango y licencias del personal docente.
La Editorial Universitaria, el Instituto de Literatura Puertorriqueña, el Jardín Botánico y el Centro de Estudios Energéticos y Ambientales, y el periódico Diálogo están bajo jurisdicción directa de la Oficina del Presidente.
Las siguientes unidades de la Universidad de Puerto Rico ofrecen programas de estudio de cuatro años conducentes al grado de bachillerato: el Recinto de Río Piedras, el Recinto Universitario de Mayagüez (única unidad del Sistema que ofrece grados en Ingeniería y Ciencias Agrícolas), la Universidad de Puerto Rico en Cayey, en Humacao, en Arecibo, en Bayamón y en Ponce. El Recinto de Ciencias Médicas, localizado en el Area Metropolitana, comprende las Escuelas de Medicina, Odontología, Profesiones Relacionadas con la Salud, Farmacia, Salud Pública y Ciencias Biosociales. La Universidad de Puerto Rico ofrece programas graduados conducentes a grados de maestría y doctorado en los recintos de Río Piedras, Mayagüez y Ciencias Médicas. Los colegios regionales ofrecen programas de estudio de dos años conducentes a grados asociados y programas de traslado para aquellos estudiantes interesados en completar grados de bachillerato en uno de los recintos o colegios de cuatro años.